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TÍTULO I: Disposiciones Generales

 

(Art.1) El Municipio Escolar es una organización que representa a  los estudiantes de la Institucion Educativa , es elegido en forma democrática por voto universal y secreto y tiene por finalidad , promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus deberes y derechos.

 

(Art.2) El periodo de gestión de la Directiva del Municipio es de un año.

 

​TÍTULO II: Del Comité Electoral

 

(Art.3) El comité electoral se encargara de la planificación y organizacion de las elecciones  del Municipio Escolar hasta el acta de juramentación.

 

(Art.4) Está integrado por 4 alumnos titulares y 4 suplentes del mayor nivel y grado de la institución.

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(Art.5) Elabora y publica el regalmento electoral.

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(Art.6) Es el encargado de convocar a las elecciones para la directiva del Municipio Escolar.

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(Art.7) Se encarga  de inscribir a las listas de candidatos.

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(Art.8) Informa a los estudiantes acerca del proceso electoral y la manera correcta de votar.

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(Art.9)  Consolida los resultados de las mesas de sufragio en un acta y publica el resultado final, proclamando a la lista ganadora.

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(Art.10) Juramenta a la lista ganadora.

 

TÍTULO III: De la Directiva y la convocatoria

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(Art.11) El periodo de la Directiva del Municipio Escolar es de un año.

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(Art.12) El Comité Electoral realiza la convocatoria  con una anticipación no mayor a 45 días ni menor a los 30 anteriores al día de la elección.

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TÍTULO IV: De la inscripción de listas

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(Art.13) Se presentará como mínimo dos listas.

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(Art.14) Las listas se publicarán hasta 5 días antes de la elección.

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(Art.15) Las listas  tienen que presentar un Plan de Trabajo al momento de su inscripción.

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(Art.16) Las listas deberán ser mixtas y deben estar compuestas con un número no menor a 2 estudiantes mujeres o varones.

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(Art.17) Las listas deben estar conformadas por estudiantes de diversos grados de la I.E.

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(Art.18) No podran ser candidatos los alumnos del último grado que imparte la I.E.

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(Art.19) Los cargos de la Directiva del Municipio Escolar son los siguientes:

ALCADE(SA) ESCOLAR

TENIENTE ALCALDE(SA) ESCOLAR

REGIDOR(A) EDUCACION, CULTURA, RECREACION Y DEPORTE

REGIDOR(A) SALUD Y AMBIENTE

REGIDOR(A) EMPRENDIMIENTO Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS 

REGIDOR(A) DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES

REGIDOR(A) COMUNICACIÓN DEL NIÑO Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

 

(Art.20)El Comite Electoral revisa y aprueba las listas de candidatos de acuerdo al Reglamento Electoral.

 

TÍTULO V: De los personeros

 

(Art.21) Los personeros son estudiantes de la I.E. que deben cumplir con los mismos requisitos para ser candidatos. Los candidatos acreditan al personero ante el Comité Electoral.

 

(Art.22) Son funciones de los personeros:

  • Representar y defender los derechos de la lista a la que representa.

  • Vigilar la transparencia y legalidad del proceso electoral.

  • Inscribir a la lista que representa.

  • Acreditar a sus personeros de mesa .

  • Los personeros de mesa pueden estar desde la instalación, hasta el escrutinio, al final del cual pueden solicitar una copia del acta electoral.

 

TÍTULO VI: Actividades previas al día de la elección

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(Art.23) La dirección y/o subdirección de la Institución Educativa proporciona el padrón de estudiantes y designa a los tutores responsables de apoyar la elección del municipio escolar.

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(Art.24) El Comité Electoral publica el cronograma  electoral.

 

REGLAMENTO ELECTORAL PARA EL MUNICIPIO ESCOLAR DEL "RAMÓN CASTILLA" Nº 3043

(Art.25) El comité Electoral sortea a los miembros de mesa, conformado por tres titulares y tres suplentes, entre los estudiantes que no forman parte de las listas o son personeros, siete días antes de la elección.

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(Art.26) El Comité Electoral y las autoridades de la I.E. promueven y favorecen la difusión de los planes de trabajo de las listas.

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(Art.27) La campaña electoral se realizara hasta dos dias antes del dia de la eleccion.

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TÍTULO VII: Actividades el día de la elección

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(Art.28) E l Comité Electoral señaliza los ambientes de votación y entrega los implementos  electorales a los miembros de mesa

  • Padrón electoral correspondiente 

  • Cédulas de votación

  • Actas electorales (instalación, sufragio y escrutinio)

  • Ánfora electoral

  • Cabina de votación o cámara secreta 

  • Hoja borrador para el conteo de votos 

  • Tampón

  • Lapiceros

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TÍTULO VIII: De la instalación de la mesa de sufragio

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(Art.29) Los pasos para la instalación son las siguientes:

  • Los miembros de mesa verifican que los implementos electorales estén completos y lo ordenan.

  • Pegan el cartel de candidatos en la cabina de votación.

  • El presidente de mesa cuenta y firma las cédulas.

  • Llenan el acta de instalación.

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TÍTULO IX: Del sufragio o votación

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(Art.30) Las únicas marcas autorizadas para votar son la equis(x) o la cruz(+). Para que un voto sea declarado válido la intersección de las líneas de la equis o la cruz debe estar adentro del recuadro de una de las listas, sin importar que las líneas hayan sobrepasado dicho recuadro.

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(Art.31) Los pasos de la votación son las siguientes:

  • El Presidente de mesa pide al elector que se identifique y verifica si esta en el padrón de electores.

  • Se entrega una cédula y un lapicero al elector y se le indica que se dirija a la cabina de votación.

  • Se pide al elector que deposite su cedula en la ánfora.

  • Se pide al elector que firme y ponga su huella digital en el padrón.

  • Se devuelve el documento de identidad al elector.

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(Art.32) Al finalizar la votación se llena el acta de sufragio.

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TÍTULO X: Del escrutinio o conteo de votos

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(Art.33) Los pasos del conteo de votos es como sigue:

  • Se vacía el ánfora y cuenta las cédulas que debe coincidir con el número de electores que votaron.

  • El presidente electoral muestra y dice cada voto a los demás miembros de mesa y personeros presentes.

  • El secretario va tomando nota de los resultados en la hoja borrador.

  • Las cédulas se ordenan según lista, votos en blancos y votos nulos.

  • Acabado el conteo de votos, se preocede a llenar el acta de escrutinio, de acuerdo a los resultados de la hoja borrador.

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TÍTULO XI: Del consolidado de los resultados y proclamación de resultados

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(Art.34) El comité electoral recoge las actas de todas la mesas y hace el consolidado de los resultados de toda la I.E., en presencia de los personeros, si lo desean (PERSONERO LEGAL) y el docente asesor, luego llenan el acta de consolidación y proclamación de la lista ganadora.

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(Art.35) El comité electoral publica inmediatamente los resultados electorales.

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(Art.36) Se declara como lista ganadora a la que obtenga la mayoría simple de los votos.

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(Art.37) El comité electoral juramenta a la lista ganadora, o delega esta función a otra autoridad, y entrega todos los documentos a la dirección de la I.E.

​

TÍTULO XII: Disposiciones complementarias

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(Art.38) Cualquier aspecto o duda no contemplado en el presente reglamento, será resuelto por el Comité Electoral.

Telef.:

567-7823

Lugar Perú: 

3500 Condevilla San Martín de Porres, LIMA

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